Los cambios en el Código Técnico de los edificios fomentan la electrificación de la movilidad
Las autoridades tratan de facilitar el despliegue de la infraestructura de recarga en España y, de ese modo, impulsar el vehículo eléctrico.
Hoy entró en vigor el Real Decreto 450/2022, de 14 de junio, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, que constituye el marco que define las exigencias básicas de calidad de la edificación.
Con esta variación se define una nueva sección del «Documento Básico de Ahorro de Energía», donde se fija la dotación mínima de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos con la que deben contar los edificios nuevos y las intervenciones en edificios existentes de determinada entidad.
Estas exigencias son diferentes en función de que los edificios se destinen a un uso residencial privado o a otros usos:
• Para los edificios de uso residencial privado, con más de 20 plazas de aparcamiento, este Real Decreto exige canalizaciones que sirvan como preinstalación de las infraestructuras de recarga para el 100% de las plazas de aparcamiento.
• Para los edificios de usos distintos al residencial privado, con más de 10 plazas de aparcamiento, la norma exige canalizaciones que sirvan como preinstalación de las infraestructuras de recarga para el 20% de las plazas de aparcamiento, así como la instalación de un punto de recarga cada 40 plazas o fracción.
• La exigencia se eleva a un punto de recarga cada 20 plazas o fracción para los edificios que pertenezcan a la Administración General de Estado.
Con el establecimiento de esta dotación mínima de infraestructura de recarga en edificios se completa la transposición de la Directiva (UE) 2018/844, por la que se modifican la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.
Este Real Decreto también introduce cambios en el Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC- BT 52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. La finalidad es incrementar la dotación en los edificios, de tal manera que, en aparcamientos o estacionamientos de nueva construcción o sujetos a reformas importantes no ubicados en un edificio ni adscritos al mismo, se deberá instalar como mínimo una estación de recarga por cada 40 plazas de estacionamiento, o fracción.
Deja un comentario